lunes, 3 de marzo de 2008

Reforma Constitucional: Entre bueyes no hay cornadas

La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo acaba de dictar un fallo haciendo lugar a varios cuestionamientos realizados por el Colegio de Abogados de Tucumán contra la Constitución Provincial reformada en el 2006 en relación a la constitución del CAM (Consejo Asesor de la Magistratura), sobre la conformación del Jury de enjuiciamiento y sobre la atribución de realizar enmiendas constitucionales a través de la Legislatura.


El fallo provocó la reacción favorable de todo el arco político. Algunos se animaron a afirmar que el fallo reinstauraba la democracia en Tucumán.


Ni el fallo, ni sus defensores, parten de ningún principio democrático para sostener sus posiciones.


El presidente de la FACA (Federación Argentina de Colegios de Abogados) y otros juristas defendieron que la justicia, que no es electa y que goza de inamovilidad, vele sobre la constitucionalidad de las acciones de un poder constitucional o legislativo.


El fallo deja intacto, como dijo Alperovich, lo sustancial de la reforma, o sea la reelección, la modificación del régimen electoral, los privilegios del poder (superpoderes, prerrogativas para legislar, inmunidad, etc.), que han transformado a la legislatura en una simple caja registradora de las decisiones del gobernador. Como se ve, la protección de la Constitución por parte del Poder Judicial es harto selectiva.



El gobierno ha apelado el fallo de la Cámara, de modo que los aplausos de los abogados son por lo menos prematuros. Sobre otros puntos (Jury de enjuiciamiento, enmienda legislativa de la constitución) simplemente se recortaron excesos, que no afectan en lo sustancial al régimen político instalado en la provincia.


Las perspectivas democráticas no están contenidas ni en la Constitución alperovichista ni en los cuestionamientos que emergen de las camarillas de los otros poderes del estado.


Daniel Blanco (0381) 154-407964

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