domingo, 20 de marzo de 2011

"Es como si en un partido de fútbol el referí sea parte de la comisión directiva de alguno de los equipos que disputan el mismo"

Acto seguido, el convencional del Partido Obrero "Sr. Daniel Blanco- expresó que "la Comisión de Régimen Electoral quizás haya sido una de las menos inocentes de todas las comisiones, porque no por casualidad, habiendo un régimen de que todas las comisiones permitían el acceso a los asesores, ahí hubo una prohibición, ", y es la única comisión que no tenía convencionales de la oposición" Quiero señalar que coincido con lo que han dicho el convencional Páez y Robles sobre el "Tribunal Electoral" (sic). No solamente es una aberración que el Poder Ejecutivo pase a dirigir el Tribunal Electoral; esto es como si en un partido de fútbol el referí sea parte de la comisión directiva de alguno de los equipos que disputan el mismo. Es completamente fraudulento y es un elemento que, hasta inclusive,"es violatorio de la ley internacional" el Poder tiene que ser prescindente, por lo menos en ese plano, en una intervención en donde es juez y también es parte"
(HCCT, versión taquigráfica del 23/05/2006, fs. 198).


Ver: http://www.lagaceta.com.ar/nota/426953/Politica/Texto-completo-fallo---Parte-I.html

Diez claves de un fallo de trascendencia institucional
Domingo 20 de Marzo de 2011 - LA GACETA destaca una decena de aspectos de la sentencia de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo -integrada por los vocales Rodolfo Novillo y Carlos Giovanniello- que declaró nulos e inconstitucionales los incisos 14 y 16 del artículo 43 de la Carta Magna tucumana, reformada en 2006.


Ver: http://www.lagaceta.com.ar/nota/426949/Politica/Diez-claves-fallo-trascendencia-institucional-.html


Extracto de "Limites" del Enfoque del domingo de Federico van Mameren: http://www.lagaceta.com.ar/nota/426957/Politica/Limites.html
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